El Consejo Escolar de Monte Hermoso informa que en el día de ayer, teniendo en cuenta lo peticionado por el Consejero Escolar Miguel Ángel Antinori, del Frente Cívico y Social- UCR, a través de la nota recibida el 24/09/2014 renunciando a la función de Secretario del Cuerpo, considerando que se debe ratificar algunos puntos del acta de la 1º sesión abierta del 28 de Agosto de 2014; que se debe realizar el acta de lo actuado administrativamente del 1 al 30 de Septiembre y del 1 al próximo 31 de Octubre del corriente, además de las actas de la 2da y 3ra sesión pública realizadas el 15/09 y el 8/10 respectivamente y que, es necesario organizar administrativa y funcionalmente el cuerpo de Consejeros para el normal desarrollo y trabajo del mismo; es por ello el Presidente del Consejo Escolar del Distrito de Monte Hermoso dispuso:
Art. 1º- Aceptar la renuncia a la función del Secretario del Cuerpo del Consejero Escolar Antinori, Miguel Ángel, del FPC y S.
Art. 2º- Suspender momentáneamente las sesiones públicas hasta ordenar y poner al día lo expuesto en el considerando.
Art. 3º- Seguir sesionando cada quince días, realizando las actas volantes, foliadas y refrendadas por el Secretario Administrativo. Las mismas serán volcadas al libro de actas correspondiente una vez normalizada la situación.
Art.4º- Requerir la participación en las Comisiones permanentes notificados los días y horarios de reunión el 21 de Octubre del corriente.
Art.5º- De acuerdo a lo expuesto en la Ley 13688 art. 165, inc. F, organizar con los cargos de Presidente, Vicepresidente, y Tesorero, la confección de las actas faltantes y las venideras.
Art.6º- A partir de la fecha las disposiciones serán refrendadas por Presidente, Vicepresidente y Tesorero. Como así también todas las rendiciones solicitadas por la Dirección General de Cultura y Educación.
Art.7º- Esta disposición será elevada a la Dirección Provincial de Consejos Escolares y por su intermedio a la Dirección de Recursos Humanos, quienes están informados de la situación y asesoraron los pasos a seguir.
Art. 8º- La presente disposición será refrendada por Vicepresidente y Tesorero, registrar, publicar, y cumplido archívese.